El crédito al consumo se ha consolidado como uno de los principales dinamizadores de la economía española en los últimos años. El sector ha vivido una transformación sustancial gracias a la aparición de nuevos modelos digitales y la entrada de operadores muy diversos, tanto en tamaño como en origen y especialización. Esta diversidad y dinamismo han sido posibles, en parte, gracias a un marco regulatorio relativamente flexible, que permite a diferentes perfiles de prestamistas operar siempre que cumplan unos estándares de transparencia y conducta, y que han convivido con operadores de plataformas de comercio electrónico en el entorno digital. Sin embargo, la transposición al derecho español de la Directiva (UE) 2023/2225, conocida como CCD2, está a punto de cambiar ese escenario y reconfigurar los requisitos de acceso al mercado con efectos de calado sobre la competencia, la innovación y la estructura del sector.

La CCD2 y la reserva de actividad

La CCD2 obliga a los Estados miembros a implantar mecanismos de registro y supervisión para reforzar la protección del usuario, pero el Anteproyecto de Ley de contratos de crédito al consumo en España «va más allá» y propone una reserva de actividad. En la práctica, si el texto se mantiene en sus términos actuales, solo podrán operar de forma legal aquellos actores que adopten una de las formas jurídicas expresamente previstas. La lista es restrictiva: fuera de entidades bancarias y de servicios de pago o dinero electrónico supervisadas, solo quedan como opciones los establecimientos financieros de crédito y los prestamistas de alto coste autorizados. Los otros prestamistas tendrían que asociarse con entidades ya autorizadas para continuar su actividad en el mercado español, con impactos especialmente relevantes para fintechs, pymes y operadores de menor tamaño, que podrían verse obligados a tener presencia física en España o, si no cumplen, a formar alianzas con actores regulados.

Impacto en competencia y en la innovación

El efecto inmediato podría ser un aumento de la concentración en el corto plazo, reduciendo la variedad real de oferta y dificultando la entrada de nuevos modelos digitales de financiación, como el buy now pay later (BNPL). Los grandes marketplaces y plataformas con músculo jurídico y operativo estarían mejor posicionados para afrontar los nuevos costes regulatorios, lo que podría canalizar gran parte de las fórmulas de financiación integrada hacia alianzas con entidades ya reguladas o hacia ecosistemas dominados por los incumbentes actuales, limitando la innovación independiente de las fintech y las pymes.

Flexibilidad para PYMEs y intermediarios

No obstante, la decisión de eximir del registro estatal a intermediarios y prestamistas subsidiarios que tengan la condición de PYME introduce cierta flexibilidad que podría mitigar parcialmente estos efectos de concentración. Será la práctica la que confirme el alcance real de dicha flexibilidad, y la mayor parte del comercio electrónico de alto volumen podría seguir beneficiándose de estructuras ágilmente conectadas con entidades ya reguladas, al tiempo que se preserva cierta diversidad gracias a esas excepciones para PYMEs y actores regionales.

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