Una empresa de comercio electrónico con casi cien millones de euros de facturación acumulada fue llevada al borde del abismo por un error de su propia entidad financiera. La multinacional admitió el fallo ante el Banco de España, pero no reparó el daño. Sweet Water Group reclama más de un millón de euros en nombre de su cliente. Esta es la historia.
Por Luis Gerez | Director Jurídico de Sweet Water Group, S.L. | Marzo 2026
La pelea más desigual del sistema financiero español
Hay peleas que nadie quiere dar. Peleas en las que un lado tiene un ejército de abogados, un departamento de cumplimiento normativo y la inercia de un sistema que rara vez cuestiona a los gigantes. Y en el otro lado está una empresa española. Un equipo de personas que construyó un proyecto desde cero, que pasó de facturar 5,9 millones de euros en 2021 a 34,7 millones en 2024, que levantó un marketplace con miles de referencias en hogar, moda, tecnología y electrodomésticos, y que vio cómo todo se derrumbaba por un error que ni siquiera era suyo.
Esta es la historia de un David contra Goliat moderno. Y desde Sweet Water Group, nosotros estamos del lado de David. Siempre.
El error que lo cambió todo: una declaración CIRBE sobredimensionada en un 168%
La CIRBE es la Central de Información de Riesgos del Banco de España. Cada banco español la consulta antes de conceder un crédito, mantener una línea de financiación o activar un terminal de cobro. Cuando una entidad reporta que una empresa tiene deuda en mora grave —el temido código I19—, el efecto es inmediato y devastador: el sistema financiero entero cierra sus puertas.
Eso es exactamente lo que hizo American Express en enero de 2025. Declaró que nuestra cliente debía 150.812 euros en mora grave, cuando solo eran realmente exigibles 64.673 euros. Había sumado indebidamente 85.144 euros que ni siquiera estaban vencidos. Sobredimensionó la deuda morosa en un 168%. Y lo hizo con el código más severo del sistema: el que indica incumplimiento grave de más de 90 días.
| «Cuando Goliat golpea, no lanza piedras. Lanza datos erróneos a la CIRBE.» Un solo reporte incorrecto a la Central de Información de Riesgos del Banco de España puede destruir en semanas lo que un empresario tardó años en construir. Por eso es imprescindible actuar con contundencia desde el primer momento. |
El efecto dominó: cómo un error de American Express contaminó todo el sistema bancario
Lo que ocurrió después fue un efecto dominó de libro. Banco Santander bloqueó el terminal de punto de venta —la única vía que tenía una empresa de e-commerce para cobrar a sus clientes— y canceló las líneas de confirming con las que financiaba la compra de mercancía. CaixaBank paralizó las ampliaciones de crédito que estaban prácticamente aprobadas. Abanca exigió certificados que eran materialmente imposibles de obtener mientras la CIRBE siguiera contaminada con datos erróneos.
Imagínalo así: es como si alguien cambiara la cerradura de tu tienda, desconectara tu caja registradora y avisara a todos tus proveedores de que no puedes pagar. Todo al mismo tiempo. Todo por un error ajeno. La empresa dejó de poder cobrar, dejó de poder comprar, dejó de poder operar.
El acuerdo que American Express firmó… y luego traicionó
Ante la gravedad de la situación, ambas partes firmaron un acuerdo transaccional el 3 de marzo de 2025. Nuestra cliente pagó 20.000 euros al día siguiente, cumpliendo puntualmente su parte. American Express, por su lado, se había comprometido a dar de baja los datos en los ficheros de solvencia patrimonial.
No lo hizo. Hizo exactamente lo contrario.
En marzo de 2025 —después de firmar el acuerdo, después de cobrar los 20.000 euros—, American Express volvió a reportar la deuda como mora grave (código I19) a la CIRBE. Si la primera declaración había encendido la alarma, esta segunda fue la confirmación oficial de insolvencia que hizo imposible cualquier recuperación. Los bancos que quizá hubieran reconsiderado sus restricciones al conocer la existencia del acuerdo, vieron cómo el propio acreedor seguía reportando mora grave. La credibilidad de nuestra cliente quedó destruida.
Goliat reconoció su error. Pero ya era demasiado tarde.
Lo que convierte este caso en un supuesto de responsabilidad especialmente cualificado es un hecho incontestable: la propia American Express admitió ante el Banco de España que la declaración de marzo de 2025 fue «errónea». Lo hizo por escrito, el 21 de mayo de 2025, en el marco de un expediente de reclamación ante el regulador.
Pero el reconocimiento llegó cuando la información errónea llevaba más de tres meses circulando por el sistema financiero. Tres meses en los que cada banco que consultó la CIRBE encontró una empresa supuestamente morosa en grado máximo. El daño reputacional en el sistema financiero no se borra borrando un dato: la pérdida de confianza, una vez instalada, necesita años de historial limpio para revertirse. Años que nuestra cliente ya no tenía.
| El resultado: una empresa de 100 millones de euros, abocada al preconcurso La sociedad que en apenas seis años había pasado de 5,9 a 34,7 millones de euros de facturación anual, con un fondo de maniobra positivo de 833.401 euros y sin ninguna situación de insolvencia técnica previa, se vio obligada a acogerse al procedimiento preconcursal ante el Tribunal de lo Mercantil nº 18 de Madrid. Un proyecto empresarial rentable, destruido por una cadena de errores y negligencias ajenas. |
Una cadena de negligencias: cuando el equipo de gestión de la entidad falla sistemáticamente
Lo que nuestro equipo jurídico ha documentado no es un error puntual. Es una cadena de fallos sistemáticos por parte de los gestores de cuenta y analistas de crédito asignados por American Express —desde el responsable comercial directo hasta el equipo de análisis del área de crédito comercial— que incluye: el bloqueo unilateral de las tarjetas sin fundamento legal, invocando una «vinculación empresarial» que no existía en los términos del artículo 42 del Código de Comercio; el rechazo sistemático de todas las reclamaciones durante cuatro meses sin analizar la documentación aportada; la declaración CIRBE sobredimensionada en un 168%; el incumplimiento del acuerdo transaccional firmado con una segunda declaración errónea; y la promesa incumplida de una propuesta de reestructuración que nunca llegó.
Todo ello con una constante que el informe pericial describe con precisión: una posición «muy rigurosa e inflexible» que no valoró la documentación aportada, no analizó técnicamente la situación, y no aportó los datos del conflicto para que pudieran ser rebatidos. No es así como debe actuar una entidad financiera sujeta a supervisión regulatoria.
Así pelea Sweet Water Group: tres vías de reclamación simultáneas
No nos limitamos a enviar una carta de reclamación y esperar. Cuando un cliente nuestro es víctima de una actuación injusta por parte de una entidad financiera, desplegamos todas las herramientas legales disponibles. En este caso, hemos articulado una estrategia de defensa que combina tres acciones convergentes en una sola demanda de juicio ordinario ante el Tribunal de Instancia de Madrid.
Primera vía: Incumplimiento contractual. American Express firmó un acuerdo y lo incumplió. Los contratos tienen fuerza de ley entre las partes. El que incumple, indemniza. Es así de directo.
Segunda vía: Responsabilidad extracontractual. Las declaraciones inexactas a la CIRBE vulneraron la Ley 44/2002 y la Circular 1/2013 del Banco de España. El que causa daño por negligencia, repara. No importa si hay contrato o no.
Tercera vía: Tutela del derecho al honor empresarial. La jurisprudencia del Tribunal Supremo es clara: incluir indebidamente a una empresa en registros de solvencia es una intromisión ilegítima en su honor. Los daños morales se presumen sin necesidad de prueba específica.
| Cuantificación de los daños: 1.050.380,16 euros Pérdida de oportunidad de mercado: 795.260,88 € (reducción de capacidad de compra por cancelación de líneas de financiación). Pérdida de valor de la marca: 215.119,27 € (inversión publicitaria malograda). Daño moral y reputacional: 40.000 € (conforme a estándares jurisprudenciales del Tribunal Supremo). |
Por qué las pequeñas empresas pierden contra las grandes entidades (y cómo evitarlo)
La realidad es que muchas empresas españolas sufren abusos similares y no reclaman. No reclaman porque creen que no pueden ganar contra una multinacional., porque no saben que la ley les protege. No reclaman porque nadie les ha explicado que un dato erróneo en la CIRBE no es un «problema administrativo», sino un acto ilícito que genera responsabilidad civil, y que la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo está dando la razón a los perjudicados.
Lo que este caso pone de manifiesto es algo que todo empresario debería saber. Primero, que el concepto de «operaciones vinculadas» es exclusivamente fiscal: no prohíbe comerciar entre empresas cuyos socios tengan relación familiar o comercial. Segundo, que la normativa de servicios de pago establece causas tasadas para el bloqueo de instrumentos de pago, y que una entidad no puede inventar motivos que la ley no contempla. Tercero, que las condiciones generales de contratación que contradicen normas imperativas pueden —y deben— ser declaradas nulas. Y cuarto, que tener razón no basta: hay que saber cómo defenderla.
Nuestro compromiso: estar siempre del lado de David
En Sweet Water Group no elegimos a nuestros clientes por su tamaño. Los elegimos por la justicia de su causa. Somos un despacho que litiga con rigor: cada reclamación se sustenta con informes periciales independientes, cada argumento se construye sobre jurisprudencia actualizada, y cada vía de solución extrajudicial se agota antes de llegar al tribunal.
En este caso, nuestra cliente agotó cuatro vías de resolución distintas antes de que presentáramos la demanda: un acuerdo transaccional que American Express incumplió, una reclamación ante el Banco de España, un intercambio formal de burofaxes certificados, y una propuesta de reunión que la entidad no atendió. Solo cuando se demuestra que no hay otra vía, damos el paso al litigio. Pero cuando lo damos, lo damos con todo.
Porque si algo hemos aprendido en estos años es que los Goliats del sistema financiero cuentan con que nadie se atreva a plantarles cara. Y nosotros existimos, precisamente, para demostrarles que se equivocan.
| ¿TU EMPRESA ESTÁ ENFRENTANDO UNA SITUACIÓN SIMILAR? Declaraciones CIRBE erróneas • Bloqueo de TPV • Cancelación de financiación • Preconcurso Contacta con Sweet Water Group para una valoración confidencial Teléfono: [911 86 80 99] | Email: [info@sweetwatergroup.es] sweetwatergroup.es/contacto |
La CIRBE es la base de datos del Banco de España que registra los riesgos crediticios de empresas y particulares. Cuando una entidad financiera comunica datos inexactos —como un importe de deuda superior al real o un código de morosidad incorrecto—, el resto de bancos reacciona restringiendo la financiación y los medios de cobro del afectado. Un solo error puede provocar un efecto dominó que destruya la capacidad operativa de una empresa en cuestión de semanas.
Sí, y la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo respalda firmemente esta vía. La comunicación de datos inexactos a la CIRBE genera responsabilidad civil tanto por vía contractual como extracontractual, y puede constituir una intromisión ilegítima en el derecho al honor de la empresa afectada. Los daños morales, además, se presumen sin necesidad de prueba específica.
Lo primero es documentar todo: fecha del bloqueo, comunicaciones recibidas, impacto en la facturación. Después, formular reclamación formal ante el Servicio de Atención al Cliente del banco. Si no obtiene respuesta o la respuesta es insatisfactoria, contacte con un abogado especializado en defensa empresarial frente a entidades financieras. El tiempo es crítico: cuanto antes se actúe, menor será el daño.
El procedimiento preconcursal, regulado en el artículo 583 del Texto Refundido de la Ley Concursal, permite a una empresa en dificultades financieras negociar con sus acreedores bajo protección judicial, antes de verse obligada a solicitar el concurso. Es una herramienta poderosa para reestructurar deuda y salvar proyectos empresariales viables. En Sweet Water Group somos especialistas en este tipo de procedimientos.


